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Los alcances de la condena en contra de Colombia por el exterminio de la UP
La Corte IDH declaró al Estado responsable de violar los derechos humanos de más de 6.000 personas.
El “plan de exterminio” que realizó el Estado colombiano contra el partido Unión Patriótica (UP) desde 1984 y por lo menos por 20 años acaba de ser condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que notificó la sentencia contra Colombia por la violación de los derechos humanos de más de 6.000 víctimas y militantes de la UP.
Para la Corte, el Estado no solo fue culpable de estos crímenes por omisión, como lo había defendido la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), en representación de Colombia, sino también por acción.
“Todo el emprendimiento sistemático contra los dirigentes y militantes de la Unión Patriótica configura un crimen contra la humanidad, porque es claro que las acciones y omisiones o aquiescencias estatales emprendidas con el propósito de aniquilamiento de un grupo humano de cualquier naturaleza configuran siempre un crimen de lesa humanidad”, se lee en el fallo.
La sentencia reconoce que en este caso, que estuvo casi 30 años ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, ha habido una “clara ausencia de investigación y persecución penal de los hechos”.
Los puntos resolutivos de la sentencia leídos ayer en audiencia, así como el fallo completo de 886 páginas -contando sus anexos- enfatizan en que Colombia incumplió sus deberes de respeto y garantía de los derechos de las víctimas por asesinatos, desapariciones forzadas, torturas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio.
Además se encontró que el Estado violó los derechos políticos, la libertad de pensamiento y de expresión, y la libertad de asociación “puesto que el móvil de las violaciones de derechos humanos fue la pertenencia de las víctimas a un partido político y la expresión de sus ideas a través de este”.
Así mismo, la Corte declaró la responsabilidad del Estado por violar el derecho a la honra y dignidad de los integrantes y militantes de la UP por la estigmatización por parte de autoridades del Estado; así como el derecho a garantías judiciales y a la protección judicial, y la falla en el deber de investigar las graves violaciones de derechos humanos.
Incluso, se determinó que el Estado había violado el derecho a conocer la verdad en perjuicio de las víctimas del caso y, por primera vez, en perjuicio “de la sociedad en general” por la falta de investigación y esclarecimiento de los hechos.
Todas estas acciones y omisiones al deber de protección por parte del Estado, dice la sentencia, “crearon un clima de victimización y estigma contra los integrantes y militantes de la UP” y por eso la Corte IDH declaró que Colombia es responsable por las violaciones de derechos humanos “como consecuencia de un plan de exterminio dirigido contra el partido, sus integrantes, militantes y simpatizantes".
La reparación
En consecuencia, la Corte IDH dispuso 19 medidas de reparación, comenzando por su propio fallo, que el Estado colombiano se comprometió a cumplir y aplicar (ver anexa).
Entre las medidas se ordenó conformar una comisión para la constatación de la identidad y parentesco de las víctimas, pues si bien el fallo identifica, con nombres y características, a 676 víctimas directas y 771 de sus familiares, se reconoce que faltan por identificar muchas más.
Así mismo, se le ordenó al Estado iniciar, impulsar, reabrir, dirigir y continuar, en un plazo no mayor de dos años, y concluir, en un plazo razonable, "las investigaciones amplias y sistemáticas, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones de los derechos humanos” y determina las responsabilidades penales que pudieran existir, removiendo “todos los obstáculos que mantienen en la impunidad los hechos relacionados con este caso".
La nación también tendrá que hacer una búsqueda rigurosa para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas, brindar tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo requieran, hacer un acto de reconocimiento internacional de responsabilidad, decretar un día nacional en conmemoración de las víctimas de la UP, construir un monumento en su memoria, colocar placas en al menos cinco espacios públicos y hacer un documental sobre la violencia y estigmatización contra la UP.
Del mismo modo, una campaña nacional en medios públicos para sensibilizar a la sociedad colombiana respecto a la violencia, persecución y estigmatización a la UP; y hacer foros académicos en al menos cinco universidades públicas sobre este fallo.
No menos importantes son las indemnizaciones económicas. En primer lugar, la Corte dispuso que el Estado tendrá que entregar, por una sola vez, a las 1.596 víctimas de desplazamiento forzado indicadas en la sentencia 15.000 dólares como indemnización fijada en equidad por la pérdida de sus viviendas o tierras.
Además, se ordenó pagar 55.000 dólares a cada una de las víctimas de desaparición forzada identificadas en el anexo 1 de la sentencia, que habla de 676 víctimas, y para aquellas que sean identificadas por la comisión de búsqueda.
También tendrá que pagar US$ 30.000 a favor de sus madres, padres, hijas e hijos, cónyuges, y compañeros y compañeras permanentes y US$ 10.000 a favor de sus hermanas y hermanos. Esto se ordenó frente a los 761 familiares ya identificados en el fallo, y los que defina la comisión de identificación.
Hay también otras indemnizaciones como US$ 35.000 a cada una de las víctimas de ejecución extrajudicial, y US$ 20.000 a favor de sus madres, padres, hijas e hijos, cónyuges y compañeros y compañeras permanentes, y US$ 10.000 a favor de sus hermanas y hermanos; US$ 20.000 a cada víctima de tortura; US$ 5.000 a cada una de las víctimas de tentativas de violación del derecho a la vida, violaciones de la integridad personal, detenciones arbitrarias, amenazas y/o hostigamientos y criminalización indebida mediante procesos penales.
Además, se ordenó una indemnización de US$ 10.000 por daños a cada una de las víctimas de violación del derecho a la vida que eran menores de edad, US$ 5.000 a cada víctima sobreviviente de masacres o tentativas de homicidio que era menores de edad al momento de los hechos, US$ 5.000 a cada víctima de desplazamiento forzado; y US$ 5.000 a cada víctima de violación a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, señaladas en la sentencia, y para aquellas que sean identificadas por la comisión.
La respuesta de víctimas
Jahel Quiroga, senadora, y Gabriel Becerra, representante. Ambos de la UP. Foto:Twitter: @UP_Colombia
Tras conocerse el fallo, los sobrevivientes y representantes de las víctimas del exterminio a la UP celebraron la histórica decisión.
Jahel Quiroga, sobreviviente del exterminio y representante a la Cámara aseguró que es una sentencia hito para América Latina, al reconocer la victimización sufrida por la UP y por haber declarado la responsabilidad del Estado por acción y no por omisión.
"Nosotros la esperábamos, la soñábamos, pensábamos que por fin nos iban a dar la razón y hoy la Corte IDH realmente reconoció todos los hechos, las violaciones de derechos humanos contra la militancia de la Unión Patriótica", dijo Quiroga desde el Centro de Memoria, Paz y Reconciliación en Bogotá, en donde se reunieron sobrevivientes y familiares de las víctimas.
Así mismo, Quiroga celebró que la decisión reconociera como causa del exterminio que la Unión Patriótica fuera considerada como el 'enemigo interno', en el marco de la política de seguridad nacional. "Eso es satisfactorio en un momento en que somos Gobierno, en que nuestro presidente Gustavo Petro está comprometido en hacer estos cambios", dijo.
Por su parte, la senadora y sobreviviente de la UP Aida Avella aseguró que este es un fallo trascendental para las víctimas y, para las personas que batallaron por años para que se lograra justicia, entre otros.
"Hoy es el día de la justicia", dijo al asegurar que todos los casos son emblemáticos, desde el campesino en su pueblo, hasta los congresistas y candidatos presidenciales de la UP que fueron asesinados.
Martha Lucía Zamora, directora Agecia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Foto:Andje
Martha Lucía Zamora, directora de la Andje, se pronunció después del fallo y dijo que era muy importante que un organismo internacional reconociera estos graves crímenes y que el fallo en sí contribuye a la reparación y esclarecimiento de las violaciones a derechos humanos.
“La sentencia parte de reconocer este exterminio y estos hechos sistemáticos que constituyen el genocidio de un partido político en Colombia y por esa razón ha sido considerado como de lesa humanidad”, explicó Zamora, quien añadió que lo que sigue será cumplir con las órdenes en materia de reparación que dio la Corte.
La directora de la Andje llamó la atención sobre el trabajo de coordinación entre las distintas entidades del Estado que viene ahora para cumplir la sentencia, “para que en esta oportunidad el Estado tenga una participación seria, directa y absolutamente responsables para culminar las tareas que la Corte indica para saber la verdad de lo ocurrido y reparar a todas las víctimas de la Unión Patriótica”, dijo.
Añadió que esta sentencia "reconoce la legislación nuestra y por eso habla de genocidio, exterminio, conductas sistemáticas y de lesa humanidad, aquí hay una coordinación entre nuestra legislación interna y el reconocimiento de la Corte de que se trató de un genocidio político”.
“La sentencia es una medida ejemplificante para que hechos victimizantes, como los ocurridos a los integrantes y militantes de la UP, no vuelvan a ocurrir. Igualmente, hará parte de la memoria colectiva de Colombia, para que las generaciones futuras no transiten por este mismo camino de violencia”, expresó Zamora, quien concluyó que esto representa un nuevo futuro para el país, “para que el respeto por quien piensa diferente sea absoluto y podamos ser una sociedad en paz”.