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Tribunal toma nueva decisión en caso de Óscar Iván Zuluaga y presunto pago de Odebrecht
La Fiscalía imputó varios delitos contra el excandidato presidencial y su hijo David Zuluaga.
Óscar Iván Zuluaga y David Zuluaga. Foto: Fiscalía
El Tribunal de Bogotá, desde su Sala Penal, acaba de tomar una decisión respecto al proceso que se adelanta en contra del excandidato presidencial Óscar Iván Zuluaga y su hijo, David Zuluaga, por presunta financiación irregular a la campaña de 2014 por parte de la multinacional Odebrecht.
El 7 de febrero pasado, cuando estaba prevista la audiencia de acusación, la defensa de los procesados -el penalista David Espinosa- y la Procuraduría pidieron que la juez 2 especializada de Bogotá no asumiera el caso, sino que le hiciera otro despacho.
Henry Bustos, el delegado del Ministerio Público, dijo en esa ocasión que los jueces especializados no son los competentes para juzgar delitos como fraude procesal y falsedad en documento privado, que son los que le imputaron a Óscar Iván Zuluaga el año pasado.
Acusación contra Óscar Iván Zuluaga por caso Odebrecht. Foto:Archivo particular
Mientras que por el delito de enriquecimiento ilícito de particular, para la Procuraduría este se habría dado por cuenta de corrupción privada y no pública, por lo que no debería ser de la órbita de un juzgado especializado.
Esas posturas fueron en contravía de la de la Fiscalía General de la Nación, la cual le indicó a la juez que sí es la competente, "pues el análisis que soportó la impugnación de competencia fue sesgado y parcial (...) Que se debió interpretar toda la imputación y no solo por fragmentos, pues se ignoró el contexto genérico de hechos que se hizo antes de individualizar las conductas imputadas".
Tras analizar el caso, el Tribunal de Bogotá decidió no aceptar esas peticiones, y por ende será la juez 2 de Bogotá la que siga con el expediente por la plata que habría entrado a la campaña por parte de Odebrecht.
Así fue la ruta de los dineros de Odebrecht en la campaña de Óscar Iván Zuluaga, según lo presentó la Fiscalía. Foto:Captura de pantalla
"Al acusarse en el proceso un delito con asignación especial de competencia a los jueces especializados, corresponderá el juzgamiento del caso a esa autoridad. Se declarará infundada la impugnación de competencia, aceptada por la Juez 2 Especializada de Bogotá, y se le devolverá la actuación para que continúe el desarrollo de la etapa de juzgamiento", dijo el Tribunal, con ponencia del magistrado Fernando Adolfo Pareja, quien trabaja en esa sala con los togados Alberto Poveda Perdomo y Rafael Enrique López.
El caso contra Óscar Iván Zuluaga y David Zuluaga es que el primero como candidato y el segundo como gerente de campaña habrían conocido del ingreso irregular de 1,6 millones de dólares de la multinacional brasileña para el pago al publicista José Eduardo Cavalcanti de Mendoça, conocido como ‘Duda’ Mendoça.
Audiencia de imputación a Óscar Iván Zuluaga y David Zuluaga por escándalo de Odebrecht. Foto:Archivo particular
Frente a estos cargos, el político y entonces ficha del Centro Democrático para ganarle a Juan Manuel Santos en 2014 dijo "señoría, no acepto los cargos".
La controversia jurídica
Tribunales de Bogotá y de Cundinamarca Foto:Carlos López/El Tiempo
El análisis jurídico del Tribunal de Bogotá partió de los argumentos expuestos por cada una de las partes, y en él se incluyó lo dicho por la juez 2 especializada de Bogotá, la cual leyó en audiencia que además de aceptar la impugnación por competencia, "en la imputación, no expuso con claridad cuáles fueron los delitos de los cuales derivó el enriquecimiento ilícito de particulares".
Además, la juez dijo que "el origen de esa conducta fueron delitos contra la istración pública, como el pago de coimas y sobornos, mas no el lavado de activos, que se plasmó en el escrito de acusación".
Con ello, los magistrados recordaron que los delitos de falsedad en documento privado y fraude procesal no tienen asignación especial de competencia, pero el de enriquecimiento ilícito de particulares sí lo tiene.
"La controversia es por el primer requisito, por la fuente del enriquecimiento ilícito, pues los impugnantes afirmaron que deriva del cohecho, tesis que acogió el juzgado y la Fiscalía afirmó que deriva del lavado de activos", resumió el Tribunal.
Audiencia de imputación contra Óscar Iván Zuluaga y su hijo. Foto:Archivo particular
A su vez, explicaron en la decisión que no se evidenció que el ente acusador hubiera variado los hechos jurídicamente relevantes por los que acusa a Óscar Iván Zuluaga y David Zuluaga: "Se mantuvo, en ambos actos procesales, los hechos relacionado con los recursos ilícitos que recibió la campaña presidencial de Óscar Iván Zuluaga de 2014, de Odebrecht, por USD $1’610.740".
Con esto añadieron que aunque el fiscal del caso no mencionó el término lavado de activos, "sí precisó los movimientos y transacciones a través de las cuales, presuntamente, se materializó". En ese orden, para el Tribunal de Bogotá "se concluye que la fuente del enriquecimiento ilícito de particulares fue el lavado de activos, como lo dijo la Fiscalía, por lo que, al tener asignación especial de competencia, el juzgamiento corresponde al Juzgado 2 Especializado de Bogotá".
Por tanto, ya se fijó fecha para la acusación en dicho despacho.