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Noticia

Minsalud publica borrador de tarifario único: ¿cuánto costarán ahora los procedimientos?

El decreto establecería cuánto se podrá cobrar por servicios de salud. Conozca a quiénes aplica.

En la sesión hicieron presencia Carlos Mario Zuluaga, vicecontralor en funciones de la Contraloría General; Salomón Figueroa, director jurídico Superintendencia de Salud; Feliz Leon Martínez, director general de la Adres y  Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud

El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. Foto: César Melgarejo/ El Tiempo

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PERIODISTA DE MEDIOAMBIENTE Y SALUDActualizado:

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Desde hace varias semanas el Gobierno viene, a través de decretos, estableciendo las acciones que eran columnas vertebrales de su reforma de la salud, hundida en la Comisión Séptima del Senado. 

El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, ya había advertido que nueve proyectos que se someterán a revisión, entre los que se incluye movilidad, territorialización, y un modelo de promoción de la salud en donde están contemplados los Equipos Básicos de Salud, que ya se han empezado a implementar en algunos territorios. 

De hecho, hace tan solo algunos días se expidió el decreto para realizar giro directo desde la Adres a clínicas y hospitales sin tener que pasar a través de las Entidades Promotora de Salud (EPS). Ahora, a esa lista de normas y cambios que el Gobierno está expidiendo a través de decretos se suma el manual tarifario único.

Este martes el Ministerio de Salud publicó el que sería el nuevo manual tarifario único utilizado para establecer cuál es el máximo que se puede cobrar en el país por un procedimiento médico, quirúrgico, no quirúrgico y otros temas asociados. 

El documento de 297 páginas establece el sistema de tarifas y sustituye el Manual de Régimen Tarifario, que rige actualmente. 
Cirugia

El nuevo manual tarifario establece el costo de cientos de procedimientos realizados en el país. Foto:iStock

“Establézcase el Sistema de Tarifas y adóptese el Manual Tarifario en el que se incorporan: los costos de los procedimientos en salud asociados a los honorarios de los profesionales de la salud; de los insumos, el uso de equipos y de otros elementos o servicios necesarios para la práctica clínica, que aplica y desarrolla las disposiciones en materia tarifaria de la prestación de servicios de salud señaladas en la parte motiva del presente decreto”, señala el artículo 2 del borrador del decreto.

Cabe aclarar que estos valores únicamente aplicarán a la a de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social (Adres) y a las compañías de seguros autorizadas para expedir el Soat, a las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud públicos y privados y a las empresas de traslado de pacientes.

En ese sentido, la normativa que podría expedirse oficialmente en los próximos días será el referente para la contratación de servicios de salud en el país y de obligatorio cumplimiento en los casos originados por accidente de tránsito, desastres naturales, atentados terroristas y los demás eventos catastróficos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social; también, en la atención de urgencias de otra naturaleza.

Mientras que para la prestación de los servicios de salud de otra naturaleza por parte de las Instituciones Prestadoras Servicios de Salud (tanto públicas como privadas), según establece el decreto, “se pagará a las tarifas acordadas entre las entidades responsables del pago y los prestadores de servicios de salud según los acuerdos de voluntades celebrados entre las partes”.

Es decir, para procedimientos que no son urgencias, que no son accidentes de tránsito, donde no se establezcan acuerdos previos entre IPS y EPS, o en intervenciones privadas y demás, será cada clínica o especialista el que establezca sus valores.
La Superintendencia Financiera fijó los nuevos precios del Soat para 2022.

El nuevo decreto establecería los valores máximos a cobrar en caso de intervenciones médicas pagadas por el Soat. Foto:iStock

¿Qué valores establece el nuevo manual tarifario único?

El documento establece los valores en Unidad de Valor Básico (UVB) que podrá cobrar una Institución Prestadora de Salud (IPS) a una Entidad Promotora de Salud (EPS), Adres, aseguradora o alguna otra entidad responsable de pago. 

Dicha acción, en teoría, no debería afectar de ninguna manera el costo de la salud que pagan hoy las personas en el régimen contributivo y subsidiado, pues lo que se busca es que las IPS cobren un valor controlado y establecido por el Gobierno para ciertos procedimientos.

En ese sentido, de las 297 páginas, un total de 260 páginas están enfocadas en establecer el valor que se puede cobrar en UVB por ciertos servicios. Para 2024 un UVB está en $10.951. 
El manual establece, por ejemplo, que por una ‘Apendicectomía vía laparoscópica’ el cirujano podrá cobrar 30,70 UVB ($ 336.195), el anestesiólogo podrá cobrar 22,08 UVB ($241.798), el ayudante quirúrgico podrá cobrar 7,67 UVB ($83.994), por decretos de sala de la clínica u hospital se podrán cobrar 54,20 UVB ($ 593.544) y por insumos básicos, medicamentos, soluciones, agentes y gases anestésicos se podrá cobrar 30,41 UVB ($333.019). 

Es decir, que en total, la IPS podrá cobrar por dicho procedimiento un máximo de 145,06 UVB ($ 1’588.552) al sistema, según lo establecido en el nuevo manual tarifario.
Los médicos insisten en que cualquier dolor abdominal requiere siempre consulta y no automedicación.

Por una 'Apendicectomía vía laparoscópica' la IPS podrá cobrar máximo 145,06 UVB ($ 1’588.552). Foto:iStock

El documento también establece los costos de otros procedimientos quirúrgicos e intervenciones que cuentan con tarifa integral, es decir el cobro es único. 

En ese sentido, por ejemplo, una ‘Anestesia regional intravenosa’ costará 1,67 UVB ($18.288), una ‘Inseminación artificial’ costará 12,66 ($ 138.639) y una ‘Electrocorticografía’ costará ($30.443). 

También los procedimientos no quirúrgicos quedan establecidos, por ejemplo, una ‘Radiografía de cráneo simple’ costará 3,55 UVB ($38.876) mientras que una ‘Tomografía computada de cráneo simple’ costará 14,36 UVB ($157.256).

De igual manera, se establecen tarifas para traslados terrestres y aéreos. Por ejemplo, la tarifa de ‘Traslado Asistencial Medicalizado Aéreo Primario’ es de 2,83 UVB por kilómetro, es decir $ 30.991 por kilómetro.

¿Desde cuándo se venía trabajando en el manual tarifario único?

El viceministro de Protección Social, Luis Alberto Martínez, dijo hace algunos días que se ha tomado como base algunas experiencias internacionales para este proceso. Actualmente, los manuales tarifarios en salud son instrumentos de referencia de precios de actividades, intervenciones y procedimientos en salud que están ajustados al Plan Obligatorio de Salud (POS).

Existen diferentes manuales tarifarios, como el SOAT y el ISS, que se actualizan periódicamente según el salario mínimo y el auxilio de transporte. Los manuales tarifarios incluyen diversos contenidos temáticos, como laboratorio clínico, radiología, banco de sangre, urgencias y estancia hospitalaria. Lo que se buscaría con este nuevo manual tarifario es establecer uno solo que rija para todo el sistema.

"Ya se ha venido validando con prestadores públicos y privados, agremiaciones y talento humano en salud. Este tiene unos componentes de actualización en procedimientos quirúrgicos, intervenciones, traslados e internación", explicó el viceministro Martínez días antes de la publicación de este manual tarifario.
Luis Alberto Martínez, viceministro de Protección Social

Luis Alberto Martínez, viceministro de Protección Social. Foto:Minsalud

Congresistas, como el representante a la Cámara, Andrés Forero, ya se han pronunciado denunciando que los valores establecidos no incluyen la opinión de médicos y expertos. Siguen implementando la hundida reforma a la salud vía decreto. Como retaliación por la participación de las sociedades científicas en las marchas, Minsalud publica hoy para comentarios borrador de tarifario construido sin los médicos. Después de las EPS van por las clínicas”, dijo Forero.

Es clave destacar que el borrador del decreto fue publicado para que cualquiera que esté interesado en la normativa pueda hacer llegar sus comentarios al Ministerio de Salud antes de que se expida oficialmente la norma.
Sobre este tema, el director de Investigaciones de la Facultad de Medicina de la Universidad de los Andes y excoordinador del Área de Salud Pública, Luis Jorge Hernández, explicó a EL TIEMPO que "un manual tarifario no es solo un listado de procedimientos con una tarifa, sino que debe obedecer a un modelo claro de atención en salud que diferencie la articulación entre el aseguramiento y prestación de servicios de salud, lo cual no estaba claro en la reforma que se hundió y tampoco en la reforma por la puerta de atrás que está haciendo el gobierno".
EDWIN CAICEDO | REDACTOR SALUD
@CAICEDOUCROS | @SALUDET

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