Hace unos días, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, declaró que el Estado podría obligar a vacunar a los niños, en caso de que los padres se nieguen a hacerlo y que pongan en riesgo su vida.
“Todo niño, niña o adolescente está bajo la patria potestad del Estado; si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede el Instituto Colombiano Bienestar Familiar (ICBF)”, aseveró Jaramillo durante un evento que se realizó en Bogotá.
Esto sucedió luego de que se declarara emergencia sanitaria en varias regiones de Colombia por el brote de fiebre amarilla, causado por el mosquito Aedes aegypti.
Por su parte, Gustavo Petro también mencionó que va a declarar emergencia sanitaria. "Voy a decretar la emergencia económica, después de la sanitaria. Pero no por lo que dicen los contrabandistas, lavadores y petroleros, que son los que vienen dominando la política económica de Colombia, sino por algo simple y contundente: LA VIDA", señaló el presidente Gustavo Petro.
Según el boletín del 30 de marzo al 5 de abril de 2025 del Instituto Nacional de Salud (INS), el brote por esta enfermedad inició en octubre de 2024, y, hasta la fecha, se han confirmado 54 casos de fiebre amarilla (53 por laboratorio y uno por nexo epidemiológico). El último caso confirmado fue el 8 de abril de 2025, masculino de 38 años.
Además, se han registrado 22 fallecidos para una letalidad preliminar del 40,7 por ciento. Los casos se concentran en veredas de áreas rurales dispersas, por lo que se considera un foco de origen selvático, donde no se han confirmado casos procedentes de zona urbana. Además, se han confirmado cinco casos en primates no humanos el 14 y 28 de febrero de 2025, uno por patología el 28 de febrero de 2025 y tres el 7 de abril de 2025.
Las personas afectadas tienen edades entre 11 y 89 años. Y el departamento más afectado en 2025 es el Tolima con 41 casos, seguido de Caquetá (1), Meta (1), Putumayo (3) y Caldas (1).
Las principales zonas de riesgo son regiones de clima cálido (26-33°C) y alta humedad (70-90 por ciento), con bosques tropicales que han sido fragmentados por la deforestación debido a la agricultura y la ganadería.
La polémica
Durante la intervención de Jaramillo, el ministro señaló que la vacunación es un deber colectivo, por lo que, en caso de que los padres se opongan a la vacunación de sus hijos, el ICBF puede intervenir con el objetivo de garantizar la salud de los niños, niñas y adolescentes.
El Código de Infancia y Adolescencia (ley 1098 de 2006) establece en el artículo 10 que la familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en la atención, cuidado y protección de los niños. Pero, por otro lado, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 indica, también en el artículo 10, que ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir tratamiento de salud.
Lo que afirmó Jaramillo fue controversial para muchas personas que aseguraron que una intervención estatal vulneraría la autonomía familiar regulada por el artículo 288 del Código Civil.
El Ministerio de Salud aclaró a través de un comunicado que: “el jefe de cartera quiso resaltar que, en el marco de una emergencia sanitaria, prima la vida y la salud de los menores ante cualquier situación de riesgos y que este principio rige las actuaciones del ministerio en sus políticas de salud pública”.
En el documento se citó que “la actual jurisprudencia de la Corte Constitucional considera a los menores de edad como personas libres y autónomas con plenitud de derechos que, de acuerdo a su edad y su madurez, pueden decidir sobre su propia vida y asumir responsabilidades”, por lo que prevalece la decisión que tome el menor de edad.
REDACCIÓN SALUD